¿SARLAFT o SAGRILAFT para los CEA? Análisis tras la Resolución 2328 de 2025



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¿Deben los CEA implementar SARLAFT o SAGRILAFT? Análisis tras la Resolución 2328 de 2025

Fecha de publicación: 1 de junio de 2025

Con la expedición de la Resolución 2328 de 2025, la Superintendencia de Transporte incluyó a los Centros de Enseñanza Automovilística (CEA) entre las entidades obligadas a implementar el SARLAFT. Sin embargo, ¿es esta la decisión más adecuada? ¿No sería más proporcional aplicar el SAGRILAFT?

¿Qué es SARLAFT y para quién aplica?

El SARLAFT (Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo) fue diseñado para entidades financieras como bancos, aseguradoras y fiduciarias. Exige procesos estrictos de debida diligencia, monitoreo de operaciones y reportes a la UIAF.

¿Qué es SAGRILAFT y por qué es diferente?

El SAGRILAFT (Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de LA/FT) se aplica a empresas del sector real que superan ciertos umbrales. Permite un enfoque flexible, basado en el tamaño y nivel de exposición al riesgo de cada organización.

¿Por qué incluir a los CEA en SARLAFT puede no ser lo más adecuado?

  • Los CEA son instituciones educativas, no financieras.
  • Su estructura operativa y nivel de riesgo es menor al de entidades bancarias.
  • El costo y carga administrativa del SARLAFT puede ser excesivo para academias pequeñas.
  • SAGRILAFT permitiría una gestión proporcional del riesgo sin debilitar los controles.

¿Cuáles son los argumentos a favor de SARLAFT en los CEA?

  • Los CEA manejan pagos de terceros que podrían ser utilizados para lavado de activos.
  • Forman parte del sector transporte regulado.
  • La resolución busca elevar los estándares de transparencia y legalidad en la formación vial.

Conclusión: ¿SARLAFT o SAGRILAFT para los CEA?

Si bien los objetivos de control son válidos, desde el punto de vista técnico y operativo, los CEA deberían aplicar el SAGRILAFT o un SARLAFT adaptado a su realidad. Esto garantizaría el cumplimiento normativo sin imponer cargas desproporcionadas.

¿Qué opinas tú como parte del sector educativo o del transporte? Te invitamos a participar en esta discusión para lograr una regulación más justa y efectiva.

5 comentarios en “¿SARLAFT o SAGRILAFT para los CEA? Análisis tras la Resolución 2328 de 2025”

  1. 🗣️ Invitación a todos los colegas de los CEA:

    Como sector educativo comprometido con la legalidad y la transparencia, consideramos que la aplicación del SARLAFT —en los términos establecidos para entidades financieras— no refleja de forma proporcional la naturaleza y capacidad operativa de la mayoría de nuestros Centros de Enseñanza Automovilística.

    Por eso, extendemos una invitación a todos los directivos y representantes legales de CEA en Colombia para que enviemos, de forma individual o colectiva, un derecho de petición a la Superintendencia de Transporte, solicitando:

    ➡️ Que se estudie la viabilidad de aplicar a los CEA el SAGRILAFT, sistema diseñado para el sector real,
    o
    ➡️ Que se cree un modelo simplificado o adaptado del SARLAFT, ajustado a nuestra realidad.

    💡 Si estás de acuerdo con esta propuesta, déjanos tu mensaje en los comentarios o escríbenos por interno. Unidos como gremio, podemos impulsar una regulación más justa, eficiente y adecuada para todos.

    1. Considero que esta reglamentación no aplica para los Ceas
      La mayoría de Personas que hacen curso de conducción son menores y personas jóvenes que quienes pagan sus cursos son sus padres y los costos no son tan altos como ora estudiar lavado de activos

  2. Cordial saludo; haciendo referencia ala implementación delSARLAFT se debe tener en cuenta que somos un ente educativo los ingresos provienen de personas naturales que son las mismas que realizan el curso de la actividad económica que desarrollan.

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